Supervisor Kollin Kosmicki en una reunión del 14 de abril. Foto de Juan Pablo Pérez Burgos
Supervisor Kollin Kosmicki en una reunión del 14 de abril. Foto de Juan Pablo Pérez Burgos

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Un mes después de que un grupo de residentes del condado de San Benito presentara una demanda Aunque se han recogido las primeras firmas para iniciar el proceso de destitución del supervisor Kollin Kosmicki, la iniciativa se encuentra en suspenso. Si bien el Departamento de Elecciones del Condado de San Benito rechazó esas firmas iniciales por falta de información de la dirección, un fallo reciente de un juez del condado ofrece esperanza al grupo que impulsa la revocación de que el proceso pueda reactivarse.

Ese fallo se produjo en un caso aparte, pero relacionado. El 10 de abril, el juez del condado de San Benito, Omar Rodríguez, dictaminó que las firmas con información de dirección incompleta eran válidas en el intento de destituir al supervisor Ignacio Velázquez, el mismo asunto que está en el centro del caso Kosmicki.

La subdirectora de la oficina electoral, Ana de Castro Maquiz, quien inicialmente validó las firmas en el proceso de revocación de Kosmicki antes de retractarse y rechazarlas, declaró a BenitoLink que el rechazo ahora solo puede ser revocado por un juez. El grupo que promueve la revocación ha amenazado con llevar el caso a los tribunales si la oficina electoral no revierte su decisión.

Para iniciar un proceso de revocación, los residentes deben presentar primero una Notificación de Intención, en la que los partidarios detallan sus argumentos para querer destituir al funcionario electo y proporcionan su nombre, dirección y firma. El 23 de marzo, el grupo que buscaba destituir a Kosmicki necesitaba al menos 60 firmas para iniciar el proceso y presentó 98 ante el departamento electoral. 

El secretario del condado y registrador de votantes, Francisco Díaz, quien se ha recusado de las primarias del 2 de junio por postularse para la reelección, declaró que estaba ausente de la oficina en ese momento, y la revisión del Aviso de Intención recayó en De Castro Maquiz. Al día siguiente de la presentación de las firmas, ella notificó a Kosmicki, a la administración del condado y al asesor legal del condado que su departamento había validado el aviso, ya que “cumple con los requisitos legales”.

El 25 de marzo, Kosmicki impugnó la decisión, argumentando que a algunas firmas les faltaba información de la dirección. Un día después, De Castro Maquiz rectificó, determinando que solo 34 eran válidas. De las 64 rechazadas, 40 fueron consideradas inválidas por carecer de una dirección, ciudad o código postal adecuados.

Díaz declaró a BenitoLink que la oficina electoral rechazó las firmas tras consultar con el asesor legal del condado, Gregory Priamos, a quien se le envió una copia de los correos electrónicos enviados por De Castro Maquiz.

Dos semanas después, Velázquez presentó su demanda, alegando que el departamento electoral había validado la notificación de intención de su revocación —que figura en la boleta electoral del 2 de junio— con la misma información de dirección faltante. Argumentó que solo ocho de las 60 firmas necesarias eran válidas.

En su dictamen, Rodríguez no estuvo de acuerdo. Consideró que la notificación de intención de destituir a Velázquez fue "debidamente certificada" por el departamento electoral bajo la "doctrina del cumplimiento sustancial", un principio legal que permite que las acciones sean reconocidas como válidas incluso si no cumplen con todas las reglas específicas establecidas en una ley.

A pesar del fallo, Kosmicki afirmó que sigue creyendo que esas firmas no son válidas. «La ley es muy clara», declaró. «No hay margen de discreción en la ley».

El Código Electoral de California dice que un aviso de intención deberá contener “el nombre impreso, la firma y la dirección de residencia, incluyendo calle y número, ciudad y código postal, de cada uno de los proponentes de la revocación”.

El grupo que lidera la revocación del mandato de Kosmicki argumenta que la falta de códigos postales y ciudades no constituye motivo suficiente para su rechazo, postura que está respaldada por el fallo del tribunal local. Los promotores afirman que el único propósito de incluir la información de los firmantes es verificar que se trate de un votante registrado, y que el registrador del condado puede realizar dicha verificación sin necesidad de códigos postales.

“Los códigos postales de Hollister y las comunidades circundantes en el condado de San Benito son bien conocidos y su número es limitado”, escribió el grupo en una carta enviada a los encargados de las elecciones.

Kosmicki afirmó que, si el grupo presenta una demanda, continuará con su trabajo como de costumbre, denunciando la destitución como una "estafa" impulsada por sus oponentes políticos.

“Voy a seguir diciendo la verdad”, dijo. 

BenitoLink se puso en contacto con Stacie McGrady, portavoz del grupo, pero ella no respondió a la solicitud de comentarios antes de la publicación.

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